• El cálculo se realiza con base en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
  • El proyecto será puesto a consideración del Consejo General en su próxima sesión

La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó -por unanimidad- los topes máximos de gastos de precampaña y campaña para la Presidencia de la República, las diputaciones y senadurías de mayoría relativa correspondientes al Proceso Electoral Federal 2023-2024.

En sesión ordinaria los montos aprobados fueron los siguientes:

Tipo de elección

 

Tope máximo de gastos

 

Precampaña

Campaña

Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos

$85,926,665

$660,978,723

Diputaciones

$329,638

$2,203,262

Por fórmula de Senadurías

01. Aguascalientes

$859,267

$6,609,787

02. Baja California

$2,291,378

$19,829,362

03. Baja California Sur

$572,844

$4,406,525

04. Campeche

$572,844

$4,406,525

05. Coahuila

$2,004,955

$17,626,099

06. Colima

$572,844

$4,406,525

07. Chiapas

$3,723,489

$28,642,411

08. Chihuahua

$2,577,800

$19,829,362

09. Ciudad de México

$5,728,444

$44,065,248

10. Durango

$1,145,689

$8,813,050

11. Guanajuato

$4,296,333

$33,048,936

12. Guerrero

$2,577,800

$17,626,099

13. Hidalgo

$2,004,955

$15,422,837

14. Jalisco

$5,728,444

$44,065,248

15. México

$5,728,444

$44,065,248

16. Michoacán

$3,437,066

$24,235,887

17. Morelos

$1,432,111

$11,016,312

18. Nayarit

$859,267

$6,609,787

19. Nuevo León

$3,437,066

$30,845,674

20. Oaxaca

$2,864,222

$22,032,624

21. Puebla

$4,296,333

$35,252,199

22. Querétaro

$1,432,111

$13,219,574

23. Quintana Roo

$1,145,689

$8,813,050

24. San Luis Potosí

$2,004,955

$15,422,837

25. Sinaloa

$2,004,955

$15,422,837

26. Sonora

$2,004,955

$15,422,837

27. Tabasco

$1,718,533

$13,219,574

28. Tamaulipas

$2,577,800

$17,626,099

29. Tlaxcala

$859,267

$6,609,787

30. Veracruz

$5,728,444

$41,861,986

31. Yucatán

$1,432,111

$13,219,574

32. Zacatecas

$1,145,689

$8,813,050

Determinación de los topes de gastos de precampaña

En el proyecto se detallan los criterios legales con los cuales se calculan los topes de gastos de precampaña para el proceso electoral en curso.

De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el tope de gastos de precampaña por precandidatura y tipo de elección será equivalente al veinte por ciento del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate.

Para la Presidencia de la República, en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, se estableció como tope de gastos de campaña la cantidad de 429 millones 633 mil 325 pesos, por lo que el 20 por ciento, corresponde a la cantidad de 85 millones 926 mil 665 pesos, que es el tope de gastos de precampaña para la Presidencia de la República durante el Proceso Electoral Federal 2023-2024.

En la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa, se estableció como tope de gastos de campaña la cantidad de un millón 648 mil 189 pesos, por lo que el 20 por ciento de esta cantidad corresponde a 329 mil 638 pesos.

Asimismo, los topes máximos de gastos de precampaña por precandidatura a senadurías equivalen al 20 por ciento de lo establecido para las campañas inmediatas anteriores.

Topes de gastos de campaña por tipo de elección

En tanto, el tope de gastos de campaña para la elección presidencial será equivalente al 20 por ciento del financiamiento público de campaña establecido para todos los partidos en el año de la elección presidencial.

Igualmente, la legislación establece que el tope de gastos de campaña en la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, se determina al dividir el tope de gasto de campaña establecido para la elección presidencial entre 300.

Debido a que el tope de gastos de campaña para la elección de la Presidencia de la República asciende a 660 millones 978 mil 723 pesos, al dividir esta cantidad entre 300 se obtiene como tope de gastos de campaña para la elección de diputaciones la cantidad de 2 millones 203 mil 262 pesos.

El tope máximo de gastos de campaña para la elección de diputaciones se multiplica por el número de distritos que comprende cada una de las entidades federativas, de lo que resulta el tope máximo de gastos de campaña para cada fórmula en la elección de senadurías por el principio de mayoría relativa.

La legislación establece como una falta el rebase de los topes de gastos de campaña, por lo que el INE hace un llamado a partidos políticos, precandidaturas y candidaturas a cumplir con estos topes, ejercer los recursos de manera transparente y con compromiso de rendición de cuentas.

 

El proyecto será puesto a consideración del Consejo General en su próxima sesión.