La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que a las 17:00 horas del díadehoy, seregistraron concentraciones máximas de ozono que superaron los 155 ppbenlasestaciones de monitoreo Benito Juárez (169 ppb) , CCA-UNAM(169 ppb), SantaFe(165ppb), Pedregal (166 ppb), Iztacalco (156 ppb) y UAM-Iztapalapa (155 ppb) ubicadaenlasAlcaldías Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Álvaro Obregón, IztacalcoeIztapalapa de la Ciudad de México, respectivamente. Lo anterior es debidoalainfluencia de un sistema de alta presión sobre los estados del centro del país, el cual sefortaleció durante el día e incrementó la estabilidad atmosférica en el ValledeMéxico, que se combinó con alta radiación solar, viento débil y variable que favoreciólaformación y poca dispersión del ozono.

Por lo anterior, con fundamento en los Programas para Prevenir y ResponderaContingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la Zona Metropolitanadel Vallede México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis ACTIVA LA FASE 1 DE CONTINGENCIA AMBIENTAL POR OZONO, con el objeto de disminuir la exposicióndela población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así comoparareducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altasconcentraciones de ozono el día de mañana:

MEDIDAS Y RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN

Protección a la salud

  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicioal aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.
  • Suspender cualquier actividad al aire libre organizada por instituciones públicasoprivadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturalesoespectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
  • Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, enel sitiowebwww.aire.cdmx.gob.mx, en twitter @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.

Reducción de emisiones

Se recomienda:

  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia para reducir viajes y realizar comprasytrámites en línea para reducir viajes.
  • Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes oproductosque contengan solventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; nocargarmás combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha aunmáximode cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Restricciones a la circulación en el Sector Transporte

Mañana martes 3 de mayo, deberán suspender su circulación en horario delas5:00alas 22:00 horas:

a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyoúltimodígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 8 y 9 así como aquellos cuya matrículaestéconformada sólo por letras.

c) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomadorosa, terminación de placa 7 y 8 .

d) Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no portenhologramadeverificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.

e) Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques)cuya terminación de matrícula sea NON.

f) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00ylas10:00horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el ProgramadeAutorregulación de la CDMX o EDOMEX.

g) Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar decirculardeacuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricciónala circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológicauholograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, conexcepciónde los vehículos con engomado color rosa, terminación de placa 7 y 8.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, paraatender una emergencia médica (incluye vehículos con personas queasistenalavacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector saludentodassusespecialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tenganrestricciónporPrograma Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, conlafinalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, proteccióncivil, devigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificacionesdeverificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorizacióncorrespondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, quecuenten con holograma de verificación vigente
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso paraexentarelHoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa parapersonascon discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorizacióncorrespondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel ygas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público depasajerosyturismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, quecumplancon las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorizacióncorrespondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos enunidadesconsistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. Restricciones de la Industria federal y local
  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal olocal quetengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40%desusemisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividadesdemantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas deCOV.
  • La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75%decapacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustiónencalentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
  • Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica“Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la coccióndeladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales. Restricciones en Servicios
  • Suspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por usodesolventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo usodethinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente)
  • Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustibleleñaocarbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Suspender actividades en el 20% de las estaciones de carburación, exceptolasquecuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integracióndelosgrupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
  • Suspender actividades en el 20% de las plantas de distribución de gas L.P., exceptolas que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integracióndelos grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
  • Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, queimpliquenliberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadasencasode emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLPy petrolíferos
  • Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un20%, exceptolas que cuenten con el sistema de recuperación de vapores conunaeficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigenteyalaintegración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo1.
  • Reducir en un 50% la operación de las calderas que no cuenten consistemasdecontrol de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, conexcepción de hospitales

Medidas y acciones a cargo del gobierno:

  • Las autoridades de salud en el ámbito de sus competencias difundiránlasrecomendaciones de protección a la salud.
  • Restringir la circulación de todos los vehículos oficiales de uso administrativodelasdependencias de los tres niveles de gobierno, se exceptúan los vehículos híbridosoeléctricos, de emergencia, de vigilancia y de servicios urbanos.
  • Reforzar la detección y sanción de vehículos ostensiblemente contaminantes, devehículos sin verificación o que circulan el día que no les corresponde.
  • Prohibir la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadasparaadiestramiento y capacitación.
  • Intensificar la vigilancia y el combate de incendios en zonas agrícolas y forestales.
  • Suspender actividades de mantenimiento a la infraestructura urbana del gobiernolocal correspondiente, que generen emisiones fugitivas de compuestos orgánicosvolátiles, uso de solventes, aplicación de pintura, bacheo, pavimentación, entreotros), con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.
  • Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepcióndelasqueatiendan reparaciones urgentes